TIPO DE I.V.A. VIGENTE PARA LAS VIVIENDAS
A la vista de las numerosas y comprensibles dudas surgidas a nuestros adjudicatarios, como consecuencia de las modificaciones operadas por el “Real Decreto Ley 20/2012 de 13 de Julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad”, por medio de la presente queremos comunicar lo siguiente:
Hasta el 31 de Diciembre de 2012, el TIPO VIGENTE del Impuesto sobre el Valor Añadido relativo Viviendas de Protección Oficial de Promoción Pública es del CUATRO POR CIENTO (04%), como se deduce de la lectura del referido Real Decreto Ley 20/2012 de 13 de Julio, junto con las circulares emitidas al respecto por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Con el único objeto de ofrecerles información exacta, hemos realizado Consulta a la AEAT a los efectos de que nos indiquen oficialmente su interpretación, en cuanto el tipo a aplicar a partir del 01 de Enero de 2.013
Debemos indicarles que todavía no hemos recibido contestación, pero que, una vez tengamos respuesta, procederemos a informarles con la mayor brevedad posible.
Con independencia de lo anterior, al ser una cuestión cuya aplicación e interpretación compete a la AEAT, aquellos adjudicatarios que no quieran esperar al resultado de nuestra consulta pueden realizar cuantas consultas estimen oportunas ante los distintos organismos adscritos al Ministerio de Economía de Hacienda con respecto de las cuestiones referidas.
Lo que ponemos en su conocimiento a los efectos oportunos.
La Dirección.
NOTA.- Emsule S.A., no se hace responsable de los posibles cambios interpretativos que por la AEAT y demás entidades dependientes se pudieren realizar de lo establecido en el RD 20/2012.